Próximamente comenzarán los periodos vacacionales de nuestros hijos y con ello comienzan a plantearse infinidades de dudas respecto al disfrute que nos corresponde en compañía de los menores.
En primer término, os aconsejo dar lectura a la sentencia de divorcio, convenio regulador o en su caso a las medidas que se hayan adoptado hasta el momento, pero evidentemente, como no es posible detallar circunstancias particulares, es cuando comienzan las dudas, preguntas y problemas de cómo se regularán estas vacaciones.
Las vacaciones de los menores se computan desde el primer día en el que no tienen escolaridad hasta el último día antes de comenzar el nuevo año de estudios. La regla general, es la concesión por mitad a cada uno de los progenitores. Durante el periodo vacacional el progenitor disfruta con libertad de las vacaciones con el menor y podrá decidir como y donde se pasarán las vacaciones, siempre teniendo en cuenta, que debemos comunicarlo al otro progenitor y debemos facilitar el derecho de comunicación con quien no esté disfrutando del tiempo con sus hijos.
Dado que existen múltiples cuestionamientos y cada uno de ellos es particular, no dude en consultarnos.