La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha fijado como doctrina que el cambio de residencia al extranjero del progenitor custodio puede ser judicialmente autorizado únicamente en beneficio e interés de los hijos menores bajo su custodia que se trasladen con él, con independencia de la nacionalidad del menor.

Ponente: Seijas Quintana, José Antonio. Tribunal Supremo, Sala primera de lo Civil. Nº de Sentencia: 536/2014. Nº de Recurso: 2680/2013