¿Qué es? Es un documento que regula las relaciones económicas y las referentes a los hijos. El convenio regulador debe ser aprobado por la autoridad judicial. Se presenta conjuntamente con la demanda de divorcio o separación, cuando ésta es de común acuerdo o en el caso de que sea presentada por uno de los cónyuges con el consentimiento del otro. Es perceptiva la intervención de abogado y procurador en la demanda.

Los Convenios reguladores deben realizarse a conciencia, regularán asuntos muy importantes, por lo que debe preverse con diligencia y no sólo pensando en el presente. El convenio regulará la atribución de la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, las comunicaciones, la atribución del uso de la vivienda familiar, la pensión alimenticia, sus actualizaciones, pensión alimenticia, así como cualquier otro punto de interés y regulatorio de futuros asuntos.

Pero ¿puede un convenio privado entre las partes ser válido? No en todo su contenido, sólo se reconocerán los asuntos de carácter económico, pero todas las medidas adoptadas en relación a la guarda custodia, menores de edad, pensión alimenticia no serán válidas, ya que son cuestiones de orden público y por tanto, han de ser aprobadas judicialmente.

¿Qué pasa si no se cumplen las medidas adoptadas en el Convenio? El convenio debe cumplirse. En caso de incumplimiento, puede y debe denunciarse. Se pueden generar distintos incumplimientos, por ejemplo: incumplimiento del régimen de visitas, incumplimiento de pago de pensiones.

¿Qué pasa si pasan los años y las medidas adoptadas en su día ya no tienen ningún sentido con la realidad? En este caso, que es muy usual en la práctica -cuando se han regulado medidas en relación a niños y éstos pasan a ser adolescentes o las pensiones no se adecuan a la economía real- podremos recurrir a un procedimiento de modificación de medidas de forma de adaptarlas a la situación presente. Este procedimiento sirve también para modificar pensiones. En todo caso, siempre deberá demostrarse y probarse la alteración de las circunstancias económicas o personales.