¿Qué significa estar en rebeldía?

Dice la Ley de Enjuiciamiento Civil “El Secretario judicial declarará en rebeldía al demandado que no comparezca en forma en la fecha o en el plazo señalado en la citación o emplazamiento, excepto en los supuestos previstos en esta ley en que la declaración de rebeldía corresponda al Tribunal.

La declaración de rebeldía no será considerada como allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, salvo los casos en que la ley expresamente disponga lo contrario.”

En palabras sencillas y resumidamente: estaremos en rebeldía si no contestamos a la demanda en plazo o si no comparecemos al juicio.

Cuando no se contesta en plazo o si no se acude al juicio, se pierde la gran oportunidad de defenderse, y las consecuencias serán más severas. Se tendrán en cuenta solo los argumentos de la parte actora, el demandado rebelde no podrá intervenir en el proceso (excepto por algún error procesal o excepciones muy concretas).

Siempre se deben recibir las comunicaciones y se debe hacer frente a los juicios que nos interpone la otra parte, siempre hay argumentos y siempre hay una defensa posible. Siempre se puede, en todo caso, llegar a acuerdos.

 

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