¿Cuándo y cómo puede sancionarme la Dirección de la Empresa?

El Estatuto de los Trabajadores reconoce a la dirección de la empresa la posibilidad de sancionar a los trabajadores por incumplimientos laborales.

Las faltas más graves, recogidas por el propio Estatuto, son aquéllas que llevan aparejada el despido disciplinario.

Sin embargo, el despido no es la única forma que tiene un empresario de sancionar al trabajador que comete una falta. Las amonestaciones en el caso de faltas leves o las suspensiones de empleo y sueldo en el caso de faltas graves o muy graves son algunas de las sanciones más corrientes.

El propio Estatuto establece que el empresario no podrá imponer ninguna sanción que no se encuentre expresamente prevista en una disposición legal o en el convenio colectivo aplicable, y sólo podrá imponerla por conductas que, de acuerdo con la ley o el convenio, sean constitutivas de falta leve, grave o muy grave.

En el caso de sancionarse al trabajador por falta grave o muy grave, el empresario tendrá la obligación de comunicarle la sanción por escrito, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivaron.

Tanto la valoración de la falta como la sanción que se imponga serán siempre revisables ante los tribunales.

De acuerdo con el Estatuto, las faltas leves prescriben a los diez días, las graves a los veinte días y las muy graves a los sesenta días.

El plazo de prescripción comienza no en el momento en que el trabajador comete la falta, sino en la fecha en que el empresario tiene conocimiento de su comisión. Si el empresario no llegase a conocer la comisión de la falta, la misma prescribiría, con independencia de su gravedad, a los seis meses de su comisión.

De modo que, por ejemplo, en el caso de un trabajador que comete una falta grave que según el convenio aplicable es sancionable con una suspensión de empleo y sueldo, una vez la dirección de la empresa conoce que la falta ha sido cometida, tendrá veinte días para imponer la correspondiente sanción, pues de lo contrario la falta habrá prescrito y ya no será sancionable.

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