Suspensión de la relación laboral por fuerza mayor:

La pandemia por el COVID-19 implicará el cierre temporal de muchos negocios, ya sea por orden gubernamental o simplemente por caída en la facturación. En esta situación de fuerza mayor, los empleadores pueden tomar medidas encaminadas a reducir sus costes, mitigando así los perjuicios provocados por la caída de facturación. Muchos sectores de la economía no pueden mantener su producción con sistemas de teletrabajo, por lo que el cierre temporal puede ser la mejor medida para reducir costes.

En relación con los empleados, la medida idónea en la situación actual se encuentra prevista en el artículo 45.1 i) del Estatuto de los Trabajadores que establece la posibilidad de suspender la relación laboral por causa de fuerza mayor temporal. La suspensión implicará el cese las obligaciones de trabajar y remunerar el trabajo.

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