El pasado 26 de enero publicábamos una noticia en nuestra página en la que se comentaba la obligatoriedad por parte de las empresas de proporcionar a los trabajadores a final de mes junto con sus nóminas un documento que especificara las horas trabajadas.
Con la aprobación del Real Decreto 16/2013 se incluyó en el Estatuto de los Trabajadores la obligatoriedad de llevar un registro diario de la jornada de los trabajadores.
Pues bien, tras esta noticia, ahora el Tribunal Supremo ha dado un giro de trescientos sesenta grados y añade que “Las empresas no están obligadas a llevar un registro diario de las horas de la plantilla”, debiendo sólo llevar un registro de las horas extraordinarias.
El Tribunal Supremo admite que “convendría una reforma legislativa que clarificara la obligación de llevar un registro horario y facilitara al trabajador la prueba de la realización de horas extraordinarias”, pero “esa obligación no existe por ahora y los Tribunales no pueden suplir al legislador imponiendo a la empresa el establecimiento de un complicado sistema de control horario, mediante una condena genérica, que obligará, necesariamente, a negociar con los sindicatos el sistema a implantar, por cuanto, no se trata, simplemente, de registrar la entrada y salida, sino el desarrollo de la jornada efectiva de trabajo con las múltiples variantes que supone la existencia de distintas jornadas, el trabajo fuera del centro de trabajo y, en su caso, la distribución irregular de la jornada a lo largo del año, cuando se pacte”.
Por tanto, después de especificar tras la sentencia 246/2017 la no obligatoriedad, las empresas podrán proporcionar a los trabajadores dicho documento sin necesidad alguna de estar sometidas a la regulación, siendo obligatorio en ese caso el de las horas extraordinarias.
Con esta nueva sentencia se aclara que dicha opción no está sujeta a obligatoriedad alguna por parte de las mismas, dando una vez más un giro a la jurisprudencia y contradiciéndose unos meses después de la primera toma de decisión de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo.